domingo, 25 de noviembre de 2007

Defensa del Parlamentarismo (1)

Para quienes se oponen al parlamentarismo por ir contra nuestras tradiciones republicanas y porque ya habría fracasado en su aplicación, algunas aclaraciones:

En Chile, jamás ha existido propiamente un régimen parlamentario. Aquel que imperó después de la derrota de Balmaceda, correspondió más bien a un régimen de asamblea, que no contemplaba los instrumentos básicos y fundamentales del voto de censura y el voto de confianza. Estos son los que permiten la fiscalización del Gobierno por el Parlamento, así como el aseguramiento del necesario apoyo de la mayoría parlamentaria a la fuerza gobernante para su permanencia como tal. El que nuestra historiografía nacional haya denominado Período Parlamentario o República Parlamentaria a aquella etapa histórica, nada nos aporta. Como dice el aforismo, “las cosas son lo que son y no lo que se dice que son”, y la denominación de “parlamentario” para dicho período histórico, resulta tan extraviada como la calificación de “democrática” para la ex RDA.

Difícilmente podemos, entonces, dar por fracasado en nuestra experiencia histórica un sistema de gobierno al que ni siquiera le hemos dado la oportunidad de nacer.

Don Arturo Alessandri Palma, artífice de la Constitución de 1925, también se declaraba partidario del sistema parlamentario, pero sostenía que nuestro país aún no estaba preparado para su aplicación. Hay que considerar que estamos hablando de principios del siglo pasado y que el plebiscito con que se aprobó dicha Constitución fue el primer acto de soberanía popular mediante la aplicación del sufragio universal en nuestra historia republicana. Anteriormente, sólo se había utilizado el voto censitario. A estas alturas, sin embargo -en los albores del siglo XXI, a casi un siglo de distancia de tal acontecimiento y cercanos al Bicentenario de nuestra República- sospecho que don Arturo no tendría reparos y, más bien, sería un entusiasta partidario de su instauración inmediata.

Por otra parte, las tradiciones no tienen por qué inmovilizarnos ad aeternum e impedirnos la eliminación y reemplazo de instituciones de origen espurio e ilegítimo y que sólo generan división entre los chilenos, como ocurre con nuestra institucionalidad actual. Hay que tener en cuenta que nuestra tradición institucional presidencial, deriva, en gran medida, de nuestra condición de “patio trasero”. Como bien señaló don Andrés Bello, el régimen presidencial en Chile constituye una mala copia de los Estados Unidos.

Un muy buen ejemplo de la actitud que se ha de tener ante tradiciones negativas, está en la exitosa creación y puesta en funcionamiento de la reforma procesal penal, en la que se instituyó un procedimiento penal acusatorio que va contra 4 siglos de tradición inquisitiva, que no se condecía con las exigencias de un verdadero Estado de Derecho, el que tampoco se aviene con el presidencialismo extremo de la Constitución de 1980.

Agreguemos que el régimen parlamentario, cuando se ha planteado, ha recibido un apoyo transversal entre nuestras fuerzas políticas, por lo que su proposición como la forma de poner feliz término a una Transición eterna y sin destino conocido, resulta mucho más realista que concentrarnos, de tiempo en tiempo, en deshacernos del sistema minoritario binominal para adoptar un sistema electoral democrático. Tal apoyo se dio en los albores de la Transición durante el Gobierno de Patricio Aylwin, quien por sí y ante sí, “decretó” el término de aquella, acto voluntarista que se ha ido repitiendo gobierno tras gobierno, sin que nadie se lo crea, lo que llegó a su máxima expresión con la reforma constitucional de 2005, en la que el Presidente Lagos hizo suya –aunque no nuestra- la Constitución de 1980.

En cuanto a la invocación por algunos del título de Capitán General de la Época Colonial como antecedente de nuestra tradición autoritaria y presidencialista, habría que decir que el único de nuestros gobernantes que hizo uso de tal título, marcó una etapa histórica que no creo que actualmente provoque las nostalgias de nadie. Por la demás, la adopción del parlamentarismo no eliminaría la institución del Jefe de Estado radicada en el Presidente de la República, quien concitaría, por el contrario, mayores consensos y unidad en la ciudadanía que en su actual doble calidad de Jefe de Estado y Jefe de Gobierno, pasando a situarse, en cambio, por sobre el gobierno de turno, en manos de un Jefe de Gobierno o Primer Ministro y su Gabinete.



(1) Publicado originalmente en La Semana Jurídica, N° 320, semana 25 al 31 de diciembre de 2006.

2 comentarios:

Unknown dijo...

las instituciones pueden quedar con el tiempo y por los adelantos tecnologicos sobrepasadas, pero, solo va a funcionar si nosotros las hacemos funcionar bien.

entonces, nosotros somos el problema, o mejor dicho, la manera como lo hacemos, nuestro comportamiento al interior del regimen interno institucional es el causante de si lo hacemos bien o no y, para resolver esto ultimo habria que democratizar el regimen interno institucional y no solo el regimen interno de las instituciones fiscales, sino que tambien el regimen interno de las instituciones publicas y el de las instituciones privadas

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Rafael Cárdenas dijo...

Estoy plenamente de acuerdo y creo que ambas reformas son necsesarias.